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Chihuahua

Admite SCJN juicio de inconstitucionalidad vs reforma al Poder Judicial del Estado

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Chihuahua, Chih.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió el recurso de inconstitucionalidad que promovieron los diputados locales de Morena por las recientes reformas al Poder Judicial del Estado.

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena admitió a trámite el recurso bajo el expediente 86/2022, pero no otorgó la suspensión provisional, así que de momento no afecta la reforma que aprobaron por mayoría calificada de dos terceras partes, con 22 votos de los diputados locales del PAN, PRI, uno de MC y una del PT.

Aquí algunos de los puntos más importantes de la Reforma Judicial aprobada el 19 de mayo:

Designación de magistraturas

Se propone la creación de una comisión que participará en la designación de las ternas para ocupar magistraturas vacantes, misma que contará con representación de los tres poderes del estado.

En el ejecutivo, será designada por la persona titular de Gobierno del Estado.

En el legislativo, será designada por la Junta de Coordinación Política (Jucopo).

En el judicial, será designada por el propio órgano.

Conformación de ternas

Las ternas aspirantes a magistraturas se conformaran en dos formas: una con aspirantes que deberán prestar sus servicios en el Poder Judicial y otra solo con personas externas a dicho poder, de manera alternada.

Cabe destacar que se eliminaron los exámenes reglamentarios.

Nombramiento de magistraturas

Previa comparecencia pública de los integrantes de la terna ante la Junta de Coordinación Política, el Pleno del Congreso del Estado nombrará a quien deba ocupar la magistratura, por el voto de las dos terceras partes de sus integrantes presentes en la sesión respectiva.

Requisitos para ocupar la presidencia

La antigüedad mínima que deberán tener los magistrados en ejercicio de funciones para aspirar a la Presidencia del TSJE se elevó de cinco a siete años.

Además no se deberá estar inscritos en el Registro Estatal de Personas Deudoras Alimentarias Morosas de Chihuahua.

Reelección del Consejo de la Judicatura

Al término de su periodo de cinco años en el Consejo, quienes forman parte del mismo podrán aspirar a ser reelectos en una única ocasión para el periodo contiguo, siempre y cuando cumplan con los términos y restricciones señaladas por la Constitución.

Redistritación judicial

Se determinará el número, conformación y materia de los juzgados menores y de primera instancia en cada uno de los distritos judiciales. Para ello tomará en consideración que los juzgados de primera instancia deberán conocer, al menos, de las materias familiar, civil, penal, laboral, de extinción de dominio, mixtos y mixtos especializados.

 

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