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Chihuahua

Inicia IEE Consulta Pública sobre que Chihuahua se mantenga en el ‘Pacto Fiscal’

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Chihuahua, Chih.- El Instituto Estatal Electoral de Chihuahua convoca a las personas habitantes del estado a participar en la Consulta Pública Estatal respecto del Pacto Fiscal.

El Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, con fundamento en los artículos 41, base V, apartado C, numeral 9 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 47 numeral 1), y 48, numeral 1), inciso e) de la
Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 16 fracción II, y 67 de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chihuahua; 48 y 49 del Reglamento de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chihuahua, 149, 150, 151 y 153 de los Lineamientos de Participación Ciudadana del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, que nos ocupa:
CONVOCA
A las personas habitantes del estado de Chihuahua, para que emitan su opinión sobre la Consulta Pública denominada “Pacto Fiscal”, la cual se llevará a cabo del 17 de septiembre al 7 de octubre de 2025, conforme a las siguientes bases:

PRIMERA.

Disposiciones generales.

La Consulta Pública es el instrumento mediante el cual quienes habitan el territorio estatal expresan sus opiniones y formulan propuestas para la resolución de problemáticas sociales.

I. La coordinación, organización y desarrollo de la Consulta Pública Estatal estará a cargo del Consejo Estatal de este Instituto. El resultado obtenido de la Consulta Pública es de carácter indicativo, pero no vinculante; por lo cual, no genera ninguna obligación a la autoridad.

II. Podrán participar las personas mayores de edad con credencial para votar vigente y con domicilio en el estado de Chihuahua.

III. Podrán emitir su opinión las niñas, niños y adolescentes (NNyA) de Chihuahua que tengan entre 6 y 17 años.

La información sobre la Consulta Pública está publicada en el Micrositio del portal de Internet del instituto en:

www.ieechihuahua.org.mx/consulta_pacto_fiscal_2025

SEGUNDA.

Fechas y jornada en que se realizará la Consulta Pública.

El periodo de recepción de opiniones o propuestas iniciará el día 17 (diecisiete) de septiembre a las 00:00 horas y concluirá a las 23:59 horas del 07 (siete) de octubre de 2025.

TERCERA.

Requisitos para participar.

Podrán participar en la Consulta Pública las personas habitantes del estado de Chihuahua que cumplan los requisitos siguientes:

a. Tener 6 (seis) años cumplidos al 17 (diecisiete) de septiembre.

b. Ser persona habitante y radicar en el estado de Chihuahua.

c. Contar con Clave Única de Registro de Población (CURP).

d. Tener credencial para votar vigente, con domicilio en el estado de Chihuahua (sólo en el caso de personas mayores de edad).

e. Señalar cuenta de correo electrónico.

CUARTA.

Mecanismos para envío y recepción de opiniones y propuestas.

La Consulta Pública se llevará a cabo a través de los siguientes medios:

I. A través del micrositio colocado en el portal de Internet del Instituto, en la liga electrónica

https://ieechihuahua.org.mx/consulta_pacto_fiscal_2025, utilizando cualquier dispositivo con acceso a internet.

Las personas participantes podrán adjuntar a su opinión y propuesta un documento en formato PDF, no mayor a 5 MB.

II. Por correo electrónico. Remitiendo el Formulario de la Consulta que corresponda (Formulario de NNyA y/o Formulario para personas mayores de edad) debidamente requisitado a la dirección de correo electrónico:

III. Acudiendo a los Centros de recepción de opinión.

Ubicados en:

a. Municipio de Chihuahua: Av. División del Norte #2104, Col. Altavista.

b. Municipio de Juárez: Fray Servando Teresa de Mier #6541, Col. San Lorenzo.

c. Los lugares señalados en el Anexo A. Donde las personas habitantes podrán:

i. Entregar de manera física el Formulario de la Consulta que corresponda, debidamente requisitado.

ii. Utilizar el equipo de cómputo destinado para tal efecto para emitir su participación.

El Consejo Estatal del Instituto, determinará la ubicación de los centros itinerantes de recepción de opinión, considerando para ello los lugares de fácil acceso para niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad.

Así mismo, en aras de potenciar el derecho humano a la participación ciudadana, el Consejo Estatal, a través de los medios que considere pertinentes, realizará las acciones para invitar a diversos entes a sumarse a la participación de la Consulta Pública, e informará a través del micrositio y redes sociales del Instituto, la ubicación de los centros de recepción de opinión de los aliados estratégicos.

QUINTA.

De la seguridad informática.

Respecto de las participaciones recibidas a través del micrositio. Con la finalidad de recibir una participación por habitante, las opiniones y propuestas deberán cumplir con las siguientes cuestiones de seguridad informática:

a. Se recibirán a través del Micrositio en el portal de Internet del Instituto hasta veinte opiniones al día con la misma identidad IP3 pública de Internet, misma que será reiniciada diariamente, durante el periodo de la Consulta Pública.

b. Se recibirán diez participaciones por cada dirección de correo electrónico. En caso de realizarse el envío de más de diez participaciones de la misma dirección de correo electrónico, sólo se considerarán las primeras diez.

SEXTA.

Publicación de opiniones, propuestas, recomendaciones y comentarios.

Las opiniones o propuestas recibidas serán publicadas en el Micrositio de este Instituto el 9 de octubre, omitiendo los datos personales de quienes las emitieron.

SÉPTIMA.

Resultado de la consulta.

El sentido mayoritario de las opiniones o propuestas expresados sobre el tema o materia de la Consulta Pública será indicativo, pero no vinculante para la autoridad, es decir, no es obligatorio de acatar.

OCTAVA.

Informe.

A más tardar el 21 de octubre el Instituto emitirá un informe de la Consulta Pública, el cuál contendrá lo siguiente:

a. El número de personas habitantes del estado de Chihuahua.

b. El número de personas participantes efectivas en la Consulta Pública.

c. El resumen de las opiniones expresadas en cada sentido del tema de la Consulta Pública.

d. La demás información que sirva a las personas habitantes para conocer y valorar el resultado de la Consulta Pública.

NOVENA.

Protección de los datos personales.

Los datos personales de quienes emitan opiniones y propuestas en la Consulta Pública serán protegidos por el Instituto, conforme a la normatividad vigente y el aviso de privacidad localizado en el Micrositio de la Consulta.

DÉCIMA.

Cuestiones no previstas.

Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por la Presidencia del Instituto, de conformidad con la normatividad en la materia.

 

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